Comunicados Legales

Beneficiario Final

“De acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso c) del párrafo 6.3 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1372 y en el párrafo 7.3 del artículo 7 del Decreto Supremo N.° 003-2019-EF, se comunica que VERISURE PERÚ S.A. ha realizado los mecanismos razonables para obtener la información del beneficiario final, considerando los criterios de propiedad y control previstos en los literales a) y b) del párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1372 y en los párrafos 5.1 al 5.4 de su Reglamento y documentado estos, respectivamente.

Sin embargo, no ha sido posible identificar plenamente al beneficiario final bajo los criterios señalados en el párrafo precedente debido a que no se han podido identificar a personas naturales como beneficiarios finales que sean catalogados como propietarios directos e indirectos de la empresa, así como beneficiarios que tengan un porcentaje de decisión mayor al cincuenta por ciento (control directo) o sus decisiones se encuentren enmarcadas dentro de lo establecido como control indirecto según la norma.

En dicho sentido, de conformidad con el inciso c) del párrafo 4.1 del Decreto Legislativo 1372 y el inciso c) párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 003-2019-EF, hemos considerado como beneficiario final a la persona natural Sr. Jorge Lirio, que ocupa el puesto administrativo superior en la empresa.”